El Colegio Oficial de Trabajo Social de Alicante lo podrán integrar quienes posean la titulación de Diplomados/as Universitarios/as en Trabajo Social, Asistentes Sociales y Graduados/as en Trabajo Social, siendo obligatoria la incorporación al Colegio para el ejercicio de la profesión en los términos que establezca la ley Estatal y Autonómica en cada momento. Así como las Sociedades Profesionales inscritas en el mismo.
El procedimiento de colegiación es muy sencillo, únicamente deberás leer bien las indicaciones y seguir los pasos que te indicamos.
¡Recuerda! si te colegias en los tres primeros meses siguientes de obtener la titulación, te beneficiarás de un semestre gratuito (dentro del año natural)
Para facilitar la colegiación a los/as profesionales, todos los trámites son on-line, incluyendo el envío de la documentación necesaria. Las condiciones de colegiación en cuanto al pago de cuotas dependerán de tu situación que podrás consultar en Tasas.
Es importante que se tenga en cuenta que la tramitación del alta como colegiado/a puede llevarnos hasta 30 días desde el momento en que la persona realiza el pago de tasas al Colegio, pues se ha de cumplir con el procedimiento administrativo correspondiente que vendrá también influenciado por el número de solicitudes de alta que se estén gestionando en cada momento.
El carnet de colegiada llega por email desde el Consejo General de Trabajo Social, por lo que revisa spam, etc. No es un carnet físico y SE DEBE DE RENOVAR, (la fecha de caducidad viene dada en el carnet).
Dentro del procedimiento de colegiación, se comunica que las ALTAS se pueden visualizar en la web del Consejo General de Trabajo Social https://www.cgtrabajosocial.es/colegiados , ya que la resolución puede llegar en fecha POSTERIOR, siempre teniendo en cuenta el volumen de trabajo del Colegio Profesional.
Para cualquier duda o consulta recuerda que debes de contactar con administración en el horario de atención al público:
Cuantía de las Tasas
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Cuota de inscripción por titulación menor de 2 años |
Cuota de inscripción por titulación de más de 2 años |
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Cuota: 16,50€ |
Cuota: 70€ |
CUOTA COLEGIAL (se abona semestralmente) el 15 de enero y el 15 de julio dentro de cada año natural.
Los tipos de cuota colegial a los que puedes acogerte dependerán de tus ingresos y son:
Las cuantías para 2026 del Subsidio 480€/mes y del SMI 1.184€/mes.
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CUOTA COLEGIAL COMPLETA SIN DESCUENTOS |
CUOTA REDUCIDA CON BONIFICACIÓN DEL 25%. |
CUOTA REDUCIDA CON BONIFICACIÓN DEL 50%. |
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70€ Semestre ( 11,66€/mes) |
52,5€ Semestre (8,75€/mes) Aportando la documentación acreditativa |
35€ semestre (5,83€/mes) Aportando la documentación acreditativa |
Nota: En caso de que varíe la situación de una persona colegiada, una vez abonada la cuota colegial correspondiente en cualquiera de sus modalidades, NO se podrá solicitar revisión de la misma o acogerse a otra modalidad de tasa hasta la próxima convocatoria (Enero o Julio)
Solo NUEVAS colegiaciones. (las Recolegiaciones están en otro apartado)
Todo el procedimiento de colegiación es on-line, incluido el envío de la documentación necesaria.
Pasos a seguir:
1. Escanea la siguiente documentación, la necesitarás para adjuntarla al Formulario de Colegiación, recuerda, debe ir en formato .PDF, excepto la foto que es en formato .JPG
2. Pinchar en la pestaña azul que tienes al final de este apartado y que indica: “DARSE DE ALTA COMO USUARIO DE LA WEB”,
3. Rellenar el formulario de forma completa e indicando el email personal (a poder ser gmail), NO CORPORATIVO.
4. Adjunta en el formulario la documentación que se reguiere
Una vez que desde administración comprobemos que está todo correcto, se te indicará via email cómo proceder al pago a través del enlace al formulario de Pago de Tasas, así como la cantidad concreta. Guardarás los resguardos en PDF ya que tendrás que subirlos en el formulario.
En el caso de que optes a cuota reducida por desempleo, excedencia por cuidados familiares, discapacidad igual o superior al 65% o empleo con bajos ingresos, deberás aportar la siguiente documentación según tu situación:
En desempleo sin percibir prestación:
a.-Certificado del SEPE, en el que conste que no percibe prestación por desempleo.
b.-Certificado de VIDA LABORAL actualizada.
En excedencia por cuidados familiares:
a.-Documentación acreditativa de excedencia.
b.-Certificado de VIDA LABORAL actualizada.
En desempleo con prestación:
a.-Certificado del SEPE, en el que conste fecha de finalización y que cuantía percibe de prestación o subsidio por desempleo.
b.-Certificado de VIDA LABORAL para comprobar la situación de desempleo.
En activo con bajos ingresos:
a.-Copia de las últimas dos nóminas y justificante de ingresos anuales (solicítalo en tu empresa si en tu nómina no aparece la paga extra prorrateada).
b.-Certificado del SEPE, en el que conste si percibe o no, prestación o subsidio por desempleo. En caso de percibir prestación por desempleo, en el certificado debe constar fecha de finalización y que cuantía percibe de prestación o subsidio por desempleo.
Con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
a.-Documento emitido por el Centro Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma a la que pertenezca
Finalizado este proceso, se prepara tu expediente para su aprobación.
A partir de este momento podrás acceder a tu perfil personal en la intranet desde donde podrás gestionar y solicitar tus necesidades a través de los distintos formularios a tu disposición.
Es importante que se tengas en cuenta que, la tramitación del alta como colegiado/a puede llevarnos hasta 30 días desde el momento en que la persona realiza el pago de tasas al Colegio, pues se ha de cumplir con el procedimiento administrativo correspondiente que vendrá también influenciado por el número de solicitudes de alta que se estén gestionando en cada momento.
El carnet de colegiada llega por email desde el Consejo General de Trabajo Social, por lo que revisa spam, etc. No es un carnet físico y SE DEBE DE RENOVAR, (la fecha de caducidad viene dada en el carnet).
Dentro del procedimiento de colegiación, se comunica que las ALTAS se pueden visualizar en la web del Consejo General de Trabajo Social https://www.cgtrabajosocial.es/colegiados , ya que la resolución puede llegar en fecha POSTERIOR, siempre teniendo en cuenta el volumen de trabajo del Colegio Profesional.
POR FAVOR, RELLENA TODOS LOS APARTADOS DEL FORMULARIO.
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