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Requisitos para ser candidato/a: Estar al corriente de cuotas, no tener sanciones ni inhabilitación previa, un mínimo de 6 meses de colegiación y presentar currículum vitae (no excluyente). Nadie puede presentarse a dos cargos en la misma legislatura.
Mandato: Tiene una duración de 4 años con posibilidad de reelección.
Electores: Tienen derecho a voto directo y secreto todos los colegiados con al menos 1 mes de antigüedad previo a la convocatoria que estén al corriente de pagos.
Junta Electoral Supervisora: Compuesta por 2 colegiados (el de mayor y el de menor antigüedad) y 2 suplentes.
Dirige e interpreta todo el proceso de forma independiente.
El cargo solo se puede ejercer una vez en la vida colegial y otorga una bonificación del 50% de la cuota anual.
Mesa Electoral: Formada por 1 presidente/a, 2 vocales y 1 secretario/a (elegidos aleatoriamente). Reciben una bonificación del 50% de la cuota anual. Se permite la designación de interventores por candidatura.
Convocatoria: Se anuncia con mínimo 2 meses de antelación. El censo de electores se publica como mínimo 20 días antes de las elecciones.
Candidaturas: Se registran dentro de los 25 días naturales tras la convocatoria. Pueden ser individuales o en candidaturas completas.
Si solo se presenta una candidatura, queda proclamada automáticamente sin necesidad de votación.
Modalidades de voto:
Presencial: Presentando el DNI.
Por correo certificado: Sobre exterior dirigido a la presidencia de la mesa con fotocopia de DNI y carnet colegial + sobre interior cerrado con la papeleta.
Electrónico: Implementable si lo acuerda la Junta de Gobierno con respaldo previo del Reglamento aprobado en Asamblea General, exigiendo firma electrónica.
Proclamación de resultados y toma de posesión:
Resulta electo quien obtenga más votos (en caso de empate, gana quien tenga mayor antigüedad de colegiación).
Los electos deben tomar posesión en un plazo máximo de 15 días tras su proclamación.
Puede interponerse contra miembros individuales o toda la Junta de Gobierno.
Requisitos: Presentada por al menos el 10% de los colegiados ejercientes y aprobada/ratificada por al menos el 25% de la Asamblea General Extraordinaria.
Limitaciones: No se puede presentar durante los primeros 6 meses de mandato. Si no prospera, no podrá presentarse otra en 1 año.
Efectos: Si se aprueba, la Asamblea designa miembros provisionales y se convocan elecciones en 1 mes.
Recuerda, esta información es un resumen, pincha en los siguientes enlaces para poder acceder a la información ampliada sobre:
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