Cuota reducida Primer Semestre 2025

25.11.2024

Un semestre más el Colegio pone en marcha la posibilidad de solicitar la cuota reducida para el Primer Semestre 2025. Todos/as los/as interesados/as, deberán proceder A TRAMITARLA A TRAVÉS DE LA WEB   desde donde se hará el seguimiento del trámite.

El plazo para solicitarlo es del 1 al 31 de Diciembre de 2024. Los importes de referencia para poder acogerte a una cuota reducida para este año 2025 estará entre el SMI 1.134 €/mes y el subsidio por desempleo de 480 €/mes.

No se admitirá ninguna solicitud presentada fuera de dicho plazo.

Podrán solicitarlo los/as colegiados/as dados de alta hasta el mes de Noviembre 2024 inclusive.


Recuerda que puedes solicitar la reducción de la bonificación de la cuota en función de tus circunstancias laborales:

 A.-SE APLICARÁ UNA BONIFICACIÓN DEL 50% A:

1a.-Colegiado/a en Desempleo sin prestación por desempleo.

2a.-Colegiado/a en Desempleo con prestación por desempleo igual o menor que el subsidio por desempleo vigente.

3a.-Colegiado/a en Activo que perciba un salario y/o una prestación por desempleo igual o menor que el subsidio por desempleo vigente.

 B.-SE APLICARÁ UNA BONIFICACIÓN DEL 25 % A:

4b.-Colegiado/a en Desempleo que perciba una prestación por desempleo entre la cuantía del subsidio por desempleo vigente y el salario mínimo interprofesional vigente.

5b.-Colegiado/a en Activo que perciba un salario y/o una prestación por desempleo entre la cuantía del subsidio por desempleo vigente y el salario mínimo interprofesional vigente.

 C.-OTRAS SITUACIONES (PRESENTACIÓN DE SOLICITUD SIN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS): 

Excepcionalmente se admitirán a revisión situaciones que queden en desempleo en los 10 días primeros días de enero 2025, debiendo presentar la solicitud en forma y plazo de la convocatoria y posteriormente la documentación justificativa. En el caso de la  segunda remesa del año la documentación justificativa deberá de presentarse del 1 al 15 de julio  2025.

D.- SITUACION DE ERTE:  

Podrán solicitar reducción de cuota según en el tramo de ingresos en el que se encuentre. Al no poder presentar certificado del SERVEF/LABORA como DESEMPLEADA/O, deberá aportar la documentación que acredite que se encuentra afectada/o por un ERTE.

Importante: Se recuerda que es necesario mantener los datos bancarios y profesionales actualizados para evitar errores. Hasta el 30 de diciembre 2024 se podrán actualizar.

Que todos los documentos acreditativos se ajusten a los solicitados.

El cargo se prevé realizar el 15 de enero 2025.

Nota: Para el trámite  se deberá rellenar correctamente el formulario on-line y subir los documentos acreditativos que se soliciten según la opción elegida.

INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR CUOTA REDUCIDA DEL PRIMER SEMESTRE 2025.

1.- A través del Formulario de solicitud de cuota reducida se subirá la documentación completa solicitada, se realizará en un único envío del 1 al 31 de DICIEMBRE de 2024.. No se admitirá a trámite ninguna solicitud pasada esa fecha, excepto quien quede en desempleo en los 10 días primeros del mes de ENERO 2025.

2.- El modelo de solicitud es el formulario disponible en la WEB.

3.- La documentación que se requiere para acogerse a la modalidad de cuota reducida debe estar fechada y presentada durante el mes de DICIEMBRE 2022. Siempre son dos documentos a aportar.

4.- Los documentos enviados a través de la WEB deberán estar identificados nominalmente, es decir, indicando nombre y apellidos, nº de colegiado y el tipo de documento que se envía, por ej. “María Sánchez  Col.: 0001-“Cert.Desempleo”.

5.- Sólo se admitirán documentos originales escaneados en *PDF, (*pdf es un formato de documento que se puede leer tanto en Windows como en Mac, Adobe Reader, ….u otros programas).

6.- No se admitirán los formatos enviados para fotos, imágenes, gráfico, dibujos(TIFF, GIF, JPG,…).

7.- Si es necesario podrás solicitar revisión de la cuota en el plazo de 15 días naturales tras la emisión de recibos. Es necesario el trámite de la solicitud de cuota reducida en la opción C), en plazo.

8.- Es necesario disponer de los datos profesionales y bancarios actualizados para evitar contratiempos. Hasta el 30 DE DICIEMBRE se aceptarán las actualizaciones en los impresos al efecto que podéis encontrar en Secretaría Virtual._

IMPORTANTE: *La devolución de un recibo bancario tiene un coste que asume el/la colegiado/a según qué gestión administrativa genere.

FORMULARIO

 

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